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Pasos a seguir para una Gestión de Acometida

Caja de distribución de cables

Tabla de contenidos

Si tienes un local o una vivienda que nunca ha tenido luz y por lo tanto no tiene acometida donde realizar la conexión de la instalación vas a tener que tramitar la gestión de acometida para solicitar una acometida de nuevos suministros. Es necesario que la Distribuidora que te corresponda tramite esta gestión, para eso hay dos maneras:

A través de Lumisa podemos ayudarte a tramitar esta gestión ante la Distribuidora. Sólo tienes que autorizarnos como representante tuyo para poder gestionarlo todo en tu nombre.

Pasos a seguir

Fase de solicitud

Ésta es la fase de apertura del expediente. Deberás facilitarnos una serie de datos y documentación como son:

  • Solicitante (Nombre, DNI O CIF , dirección de correspondencia, correo electrónico y teléfono)
  • Representante (Nombre, DNI, dirección de correspondencia, correo electrónico y teléfono) siendo opcional si no eres conocedor de ello.
  • Dirección para el que se solicita el suministro.
  • Superficie útil.
  • Plano de situación.
  • Plano de ubicación de la caja general de protección.
  • Potencia solicitada (kW), la cual podrá determinarse una vez se envíe el plano de situación.

El expediente se encontrará paralizado mientras no se reciban los planos solicitados por la Distribuidora.

Fase de elaboración de informe

Una vez abierto el expediente de acometida por parte de Lumisa, el Departamento técnico de la Distribuidora realizará el estudio de la zona afectada valorando las actividades necesarias para poder llevar a cabo las instalaciones solicitadas.

Del mismo modo, ejecutaran un informe con las condiciones técnico-económicas, informando así al solicitante.

Fase de elaboración del proyecto

Una vez el solicitante haya aceptado el presupuesto elaborado por la Distribuidora, así como revisada la documentación requerida, se disponen a la preparación de las acciones necesarias para el inicio de las obras. En esta fase se le asigna el número CUPS (Código Universal de Punto de Suministro), el cual conviene anotar.

En el supuesto de ser necesarios permisos y licencias oficiales, como la licencia de obras, deberá solicitarse quedando el expediente paralizado pendiente de concesión de los mismos.

Fase de ejecución de obra

Concedidos los permisos y licencias necesarias, se procede al inicio y final de obras, preparado para la contratación del Alta del punto de suministro.

Fase de contratación final

Por último, se debe facilitar el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) realizado por un técnico cualificado y ya es posible realizar el Alta del punto de Suministro con nosotros.

Si por el contrario, realizas la gestión de acometida directamente contactando con la Distribuidora, deberás verificar cuál es tu Distribuidora mediante una llamada o consultando su web.

Es por eso que, en caso de haberlo tramitado a través de la distribuidora tendrás que elegir la comercializadora con la que quieres formalizar el nuevo contrato, ya sea con la misma en la que estás, o en otra nueva.

Coste de la Gestión de Acometida

En cuanto al coste, cuando un cliente solicite la instalación de la acometida, la Distribuidora propondrá un presupuesto que dependerá del caso en particular.

Es por eso, que el precio puede variar según la localización del nuevo suministro, el estado del terreno y otros factores que puedan dificultar la instalación eléctrica.

Una vez realizada la instalación de la acometida, además el cliente tendrá que pagar los derechos ocasionados por el Alta del punto de suministro. Estos derechos son:

  • Derecho de acometida, siendo la contraprestación que debe ser abonada a la Distribuidora por la realización de actuaciones para atender al nuevo suministro. Se trata de la cuota de extensión, así como la cuota de acceso.
  • Derecho de enganche, se trata de la contraprestación económica por la operación de acoplar electricidad de la instalación a sus redes.
  • Derecho de verificación, siendo éste la revisión y comprobación que las instalaciones cumplan con las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias.

Si para la ejecución de la instalación ha sido necesaria la presentación de un proyecto y el certificado final de obra no se exigirá el pago de los derechos de verificación.

Esperamos haber resuelto tus dudas y si tienes alguna más al respecto, ¡No dudes en ponerte en contacto con nosotros!

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