Los precios con impuestos incluyen el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) del 5,112696% y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que a partir del 1 de enero de 2025 será del 21%, según el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre. Los nuevos costes regulados a aplicar a partir del 1 de enero de 2025 se especifican en la Orden TED/1487/2024, de 26 de diciembre, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico para el ejercicio 2025, aprobado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y en la Resolución RAP/DE/009/24, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución para el 2025 promulgada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
El precio mensual del alquiler del contador de electricidad será el fijado en cada momento por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para la Tarifa de acceso correspondiente y que cobre la Empresa Distribuidora, al que se le incorporará el I.V.A. y será indicado en las facturas emitidas por LUMISA.
Estos precios incluyen el coste regulado asociado al mecanismo de financiación del Bono Social, conforme el Orden TED/1487/2024, de 26 de diciembre para la financiación del Bono Social: Coste fijo por cliente (comercialización) de 0,0127424301 euros/día.
Se aplicarán las variaciones, tanto al alza como a la baja, de los impuestos vigentes y de los conceptos regulados, incluyendo, entre otros, los cargos del sistema, peajes de acceso, y el alquiler de contador. Asimismo, cualquier nuevo concepto regulado, tasa o impuesto que se cree o sustituya a los actuales, y que resulte aplicable durante la vigencia del presente contrato, podrá ser trasladado al precio.