Preguntas frecuentes

Te damos respuesta a todas tus dudas en nuestra sección de preguntas frecuentes. Si tienes más dudas, ponte en contacto con nosotros.

Preguntas frecuentes

No necesitas realizar ningún cambio ni en tu contador ni en tu instalación. El cambio es de carácter administrativo por lo que técnicamente sigue todo igual.

Estamos presentes en toda la península ibérica. Sin embargo, por motivos técnicos aún no llegamos a las Islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla pero nuestra intención es seguir creciendo y abarcar toda España. 

El cambio de comercializadora de luz es un proceso rápido y totalmente gratuito. Esto ocurre cuando decides cambiarte a otra compañía que ofrece mejores precios o mejores servicios. Además, en ningún momento te quedarás sin luz durante el proceso de cambio.

Si te has decidido a contratar con Lumisa, te explicamos brevemente los pasos a seguir.

Si contratas a través de https://lumisa.es/es/contrata-ahora o a través de nuestro servicio de atención al cliente, deberás seguir el siguiente procedimiento:

  1. Para realizar el cambio a Lumisa debes facilitar la siguiente documentación vía correo electrónico a [email protected], llamando al 900 811 473 o por WhatsApp a 688 100 100:

    • En caso de ser una sociedad, el CIF de la sociedad.
    • DNI del titular o del administrador.
    • Última factura de electricidad.
    • Nº de cuenta bancaria.
    • Datos de contacto: número de teléfono y correo electrónico.
  2. Una vez recibamos la documentación, enviaremos el contrato a la dirección de envío o correo electrónico proporcionado.

  3. Deberás guardarte una copia y reenviarla mediante correo electrónico, o simplemente realizar la firma online mediante nuestra plataforma de firma digital.

  4. Una vez recibamos el contrato firmado, procederemos a realizar el cambio. El cambio puede tardar entre 5 a 7 días dependiendo de la Distribuidora.

  5. Te llegará una última factura liquidatoria de la anterior comercializadora. La primera factura de Lumisa cerrará el ciclo de facturación. A partir de la segunda factura, comenzará el ciclo natural de la facturación.

Así que no tienes que preocuparte de nada, ya que nosotros gestionaremos los trámites de forma rápida y eficaz.

Como bien especifican las Condiciones generales, en caso de impago por parte del Cliente, LUMISA podrá tramitar, de acuerdo con la normativa vigente, la suspensión del suministro si transcurridos veinte (20) días naturales desde que se les hubiera requerido el pago, mediante la presentación al cobro a la entidad financiera donde el Cliente tenga domiciliado el pago de la factura o a través del ingreso en cuenta de las cuentas bancarias facilitadas al Cliente, y ésta no hubiera sido satisfecha íntegramente.

Si a pesar de nuestras iniciativas legalmente previstas, no se realizara el pago de las facturas pendientes en el plazo legalmente previsto se procederá al corte de luz del punto de suministro en cuestión con un preaviso legalmente previsto de 5 días naturales.

Una vez enviado el corte a la Distribuidora de su zona, para volver a dar de Alta la luz se deberán abonar las facturas pendientes de pago requeridas con anterioridad. Es por eso que una vez recibamos el pago de las mismas se reanudaría el suministro de luz en 24 horas, debiendo abonar los derechos de reconexión a la red, facturados por la Distribuidora de tu zona en la próxima factura.

Según se indica en el Real Decreto 1955/2000, el cliente deberá abonar el coste de reconexión de una cantidad equivalente al doble de los derechos de enganche (9,04€ sin IVA).

Si transcurridos más de dos meses y no se ha abonado el importe de las facturas pendientes se te dará de baja definitivamente.

No, desde el momento en que el suministro pasa a estar con nosotros, tu anterior compañía no debería cobrarte ningún recibo con fecha posterior al cambio.

Sin embargo, es posible que recibas algún cargo después del cambio si corresponde a un periodo de consumo anterior, en ese caso, sí estarías obligado a pagarlo, ya que se refiere a un servicio prestado antes del cambio de comercializadora.

En Lumisa, además de tarifas eléctricas personalizadas y económicas, proporcionamos una amplia gama de servicios para optimizar tu consumo energético.

Nuestro equipo también te asesora sobre ayudas y subvenciones para instalaciones energéticas, asegurando que saques el máximo provecho de cada inversión.

Con nosotros, recibes una alternativa real a las grandes empresas: cercana, ágil y con tarifas competitivas.

En Lumisa te ofrecemos dos modalidades de tarifa para que elijas la que mejor se adapte a tus necesidades:

  • Tarifa indexada: pagas el precio de la energía según el mercado eléctrico diario, al que se añade una cuota de gestión fija de 3,9 €/mes. Es una opción transparente y flexible, ideal si estás atento a la evolución del mercado.
  • Tarifa fija: pagas siempre el mismo precio por la energía y la potencia contratada, sin importar las subidas o bajadas del precio de la luz. Perfecta si buscas estabilidad y previsión en tus facturas, puedes elegir entre varias opciones:
    • Lumisa Simple 24h: mismo precio para todas las horas del día.
    • Lumisa 3: precio diferenciado según tres periodos horarios (punta, llano y valle), ideal si puedes adaptar tu consumo.

Consulta todos los detalles y condiciones en nuestra web: 🔗 Tarifas de luz de Lumisa

Sólo las comercializadoras de referencia (COR), antes conocido como comercializadoras de último recurso (CUR), pueden ofrecer el bono social. Para más información puede ponerse en contacto con ellos.

Lumisa ofrece tarifas adaptadas a la Circular 3/2020 de 15 de enero de 2020, la Orden TED/371/2021 de 19 de abril y la Resolución de 18 de marzo de 2021 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Las tres tarifas de acceso a la red que ofrece Lumisa son:

  • La tarifas 2.0TD con potencia contratada igual o inferior a 15 kW.
  • La tarifa 3.0TD con potencia contratada superior a 15 kW.
  • La tarifa 6.1TD con tensión superior a 1 kV e inferiores a 30 kV.

Si aún no eres cliente nuestro y tienes alguna duda de qué tipo de tarifa te convendría contratar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te atenderemos mediante el teléfono gratuito 900 811 473, así como mediante el correo electrónico [email protected].

Por supuesto, puedes tener tantos contratos de suministro con nosotros como desees. Por ejemplo, si tienes un domicilio particular, local de alquiler, empresa, entre otros y quieres contratarlos con nosotros, buscaremos la tarifa que mejor se ajuste a cada caso, según la necesidad.

Es una empresa la cual se encarga de comercializar un producto finalizado. Son las encargadas de comprar energía y facturarla a sus consumidores utilizando las redes de distribución.

Si has adquirido un contador propio y quieres utilizarlo, en Lumisa nos encargamos de gestionar su registro, siempre que aportes la documentación técnica correspondiente.

Esta documentación debe ser facilitada por el fabricante del contador. En caso de haberla perdido o no disponer de ella, puedes volver a solicitarla. Para ello, deberás enviar una fotografía del contador instalado por un técnico autorizado y abonar un coste de 60 €.

Una vez registrado el equipo, desde Lumisa solicitamos a la distribuidora el cambio de contador. El nuevo número de contador aparecerá reflejado en tu factura de electricidad.

Es el coste estipulado por el Estado que deberá abonarse al utilizar la infraestructura de la compañía distribuidora en el caso de nuevos suministros, al subir la potencia contratada o si el punto de suministro lleva sin utilizarse más de 3 años con un importe de 9,044760 €+ IVA.

Una empresa instaladora o un instalador autorizado pueden emitirte la documentación técnica que certifica que la instalación es correcta para el alta del suministro.

Es el coste estipulado por el Estado que deberá abonarse al llevar a cabo la revisión de la instalación con un importe de 8,011716 € + IVA.

No puedes realizar un cambio de titular si existe una deuda. Cuando la deuda ya esté pagada, entonces podrás realizar el cambio de titularidad. Para estos casos existen dos posibilidades: 

  • Cambio de titularidad sin subrogación: el nuevo titular se desvincula de cualquier responsabilidad contraída por el anterior titular.
  • Cambio de titular con subrogación: el nuevo titular asume todas las condiciones pactadas en el contrato por anterior titular.

Ten en cuenta que en caso de haber deudas pendientes de liquidación, hasta que éstas no sean satisfechas, no se podrá realizar el cambio de titularidad.  

En este caso, te recomendamos que verifiques que no seas el único punto de suministro sin servicio. Si hay más vecinos sin servicio, tienes que llamar al teléfono de la distribuidora para comunicar la incidencia, ya que en este caso la avería se encuentra en la red externa.

Si eres el único afectado, quiere decir que la avería se encuentra dentro de tus instalaciones. En este caso, tienes que llamar a un electricista para la reparación ya que la distribuidora no es el responsable de la incidencia.

Nombre DistribuidoraTeléfono Averías
E-DISTRIBUCIÓN (ENDESA)900 848 900 (Aragón, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Navarra y Comunidad Valenciana)
900 849 900 (Islas Baleares)
900 855 885 (Islas Canarias)
900 760 706 (Cataluña)
I-DE REDES ELÉCTRICAS INTELIGENTES (IBERDROLA)900 171 171
UNIÓN FENOSA DISTRIBUCIÓN (NATURGY)900 333 999
CIA SEVILLANA ELECTRICIDAD SA900 850 840
ELECT REUNIDAS ZARAGOZA SAU900 848 900
E-REDES (EDP)900 907 001
VIESGO DISTRIBUCIÓN (REPSOL)900 101 051
ELECTRA DEL MAESTRAZGO964 173 275
ESTABANELL ENERGIA900 154 444
ELÉCTRICA DE CÁDIZ900 373 411

Podrás encontrar más información detallada en el artículo "Pasos a seguir ante una avería en la corriente eléctrica".

Subvenciones sobre impuestos del estado
Muchos Ayuntamientos ofrecen subvenciones y ayudas, por lo que es recomendable consultar la web de cada Ayuntamiento. Estas subvenciones, generalmente, se aplican sobre impuestos del estado mediante descuentos sobre el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles; entre un 30% y 50% durante 3 o 5 años) y/o el ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras; entre un 30% y 90%).

Subvenciones sobre el precio de la instalación
Algunas comunidades autónomas son conscientes de la importancia de un modelo energético responsable y sostenible, por lo que, también existen subvenciones para placas solares para incentivar el uso de energías renovables y los diversos aspectos del autoconsumo. Estas subvenciones son sobre el precio de la instalación, que se aplican de forma porcentual sobre el precio total de la instalación, y se emiten cada cierto tiempo dependiendo de la gestión de los presupuestos de cada comunidad y tienen una duración determinada.

Deducción sobre el IRPF
Los contribuyentes en la inversión en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica podrán deducir el 20% del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual y en instalaciones colectivas del edificio destinadas a alguna de las finalidades de a continuación:

  • Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

No dará derecho a la aplicación de esta deducción aquellas instalaciones que sean de carácter obligatorio.

La Red Eléctrica de España (REE) es la encargada de transportar la energía en alta tensión y gestionar, mantener y reparar las infraestructuras necesarias para ello.

La distribuidora de tu zona será la encargada de ir a realizar la lectura de tu contador. Según el Real Decreto 1718/2012 de 28 de diciembre se establece que la lectura de la energía será la realizada por el encargado de la lectura, es decir, la Empresa Distribuidora con una periodicidad bimensual, la cual será puesta a conocimiento a la comercializadora.

En el caso de disponer de un contador inteligente o de telemedida, la lectura se realizará con una periodicidad mensual.

Según el Real Decreto 1164/2001, únicamente se permite tramitar una modificación de la potencia y/o al año por titular.

Por ello, si en menos de un año vuelves a solicitar una segunda modificación bajo la misma titularidad, se denegará y deberás esperar el tiempo indicado para realizar una nueva modificación.

Según lo establecido en la Circular 3/2020 de 15 de enero de 2020, la Orden TED/371/2021 de 19 de abril y la Resolución de 18 de marzo de 2021 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia se introducen las nuevas tarifas de acceso que serán aplicadas a partir del 1 de junio de 2021.


Tarifa 2.0TD

Todos los consumidores pasarán a tener precios diferenciados por tramos horarios, tanto para la potencia como para el consumo. El consumo se diferenciará en tres periodos:

  • Punta : con el precio más elevado de10:00 a 14:00 y de 18:00 a 22:00 de lunes a viernes no festivos.
  • Llano : un precio menos caro de 08:00 a 10:00, de 14:00 a 18:00, y de 22:00 a 24:00 de lunes a viernes no festivos.
  • Valle : con un precio reducido de 00:00 a 08:00 de lunes a viernes no festivos y todas las horas del sábado, domingo y festivos nacionales.

La potencia se diferencia en dos periodos:

  • La potencia punta de 08:00 a 24:00 de lunes a viernes no festivos.
  • La potencia valle de 00:00 a 08:00, y todas las horas del sábado, domingo y festivos nacionales.

Tarifa 3.0TD

La discriminación horaria de 3 periodos pasará a 6 periodos (en potencia y energía), y en vez de dividir el año en dos temporadas (invierno y verano), los diferentes meses de un año se dividirán en 4 temporadas:

Temporada Alta (Enero, Febrero, Julio, Diciembre):

  • Punta (P1) : 09:00 - 14:00, 18:00 - 22:00.
  • Llano (P2) : 08:00 - 09:00, 14:00 - 18:00, 22:00 - 24:00.
  • Valle (P6) : 00:00 - 08:00.

Temporada media-alta (Marzo, Noviembre):

  • Punta (P2): 09:00 - 14:00, 18:00 - 22:00.
  • Llano (P3): 08:00 - 09:00, 14:00 - 18:00, 22:00 - 24:00.
  • Valle (P6): 00:00 - 08:00.

Temporada media-baja (Junio, Agosto, Septiembre):

  • Punta (P3): 09:00 - 14:00, 18:00 - 22:00.
  • Llano (P4): 08:00 - 09:00, 14:00 - 18:00, 22:00 - 24:00.
  • Valle (P6): 00:00 - 08:00.

Temporada baja (Abril, Mayo, Octubre):

  • Punta (P4): 09:00 - 14:00, 18:00 - 22:00.
  • Llano (P5): 08:00 - 09:00, 14:00 - 18:00, 22:00 - 24:00.
  • Valle (P6): 00:00 - 08:00.

Si, tras instalar el nuevo contador, se interrumpe el suministro y “saltan los plomos”, lo más probable es que la potencia demandada supere la contratada. En ese caso, el contador interrumpe temporalmente el suministro como medida de protección. Para restablecer el servicio, sigue estos pasos:

  1. Desconecta algunos electrodomésticos, ya que la potencia contratada limita cuántos puedes usar al mismo tiempo.
  2. Abre el cuadro eléctrico y asegúrate de que todos los interruptores estén levantados, incluido el general.
  3. Si alguno está bajado, podría haber un problema en tu instalación. En ese caso, contacta con un instalador autorizado.
  4. Baja el interruptor general, espera 3 segundos y vuelve a subirlo.
  5. Si el suministro no se restablece, espera unos minutos y repite los pasos anteriores. Lo habitual es que el suministro vuelva. Si no es así, puede tratarse de un corte programado o de una avería.

Si esta situación se repite con frecuencia, es probable que necesites aumentar la potencia contratada o revisar tu instalación con un profesional autorizado.

Más información sobre qué hacer si se interrumpe el suministro eléctrico con el nuevo contador

El cambio de comercializadora de luz es una gestión rápida y totalmente gratuita. Esta se lleva a cabo cuando uno se quiere ir a otra compañía ya que ofrecen mejores precios o mejores servicios. Además, en ningún momento te quedarás sin luz durante la gestión del cambio.

Si te has decidido a contratar con Lumisa, te explicaremos brevemente los pasos a seguir.

Si contratas a través de nuestra página web o a través de nuestra Atención al cliente deberás seguir el siguiente procedimiento:

1. Para realizar el cambio a Lumisa, debes facilitar la siguiente documentación vía correo electrónico o fax en [email protected] o llamando al 900 811 473 o Whatsapp 688 100 100: - En caso de sociedad, CIF de la sociedad y DNI del administrador; en caso de partucular, DNI del titular. - Última factura de electricidad. - Nº de cuenta bancaria. - Datos de contacto. Número de teléfono y correo electrónico.

2. Una vez recibimos la documentación, enviaremos el contrato a la dirección de envío o dirección de correo electrónico facilitado.

3. Deberás guardarte una copia y reenviar mediante correo electrónico, o simplemente realizar firma online mediante nuestra plataforma de firma digital.

4. Una vez recibamos el contrato, procederemos a realizar el cambio. El cambio puede tardar entre 5 a 7 días dependiendo de la Distribuidora.

5. Te llegará una última factura liquidatoria de la anterior comercializadora. La primera factura de Lumisa cerrará el ciclo de facturación. A partir de la segunda factura empezará el ciclo natural de la facturación.

Así que no tienes que preocuparte de nada ya que nosotros gestionaremos los trámites de forma rápida y eficaz.

Para poder hacer un cambio de titular, ten en cuenta que:

  • El cambio lo pide siempre el nuevo titular.
  • El nuevo titular se convierte en el responsable de las facturas.
  • El importe de la primera se calcula por prorrateo.
  • No cobramos por cambiar el titular, pero en algunos casos puede que tengas que pagar a tu compañía Distribuidora. 

La solicitud de cambio de titular se puede tramitar online de una forma muy rápida y sencilla a través de este enlace. Sólo necesitas tener a mano una factura reciente, la cuenta bancaria y el DNI del nuevo titular y los datos de contacto.

Si quieres que te lo comentemos con más detalle, lee el artículo en nuestro blog "Realizar un cambio de titular de la luz" con el paso a paso a seguir.

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