No necesitas realizar ningún cambio ni en tu contador ni en tu instalación. El cambio es de carácter administrativo por lo que técnicamente sigue todo igual.
Te damos respuesta a todas tus dudas en nuestra sección de preguntas frecuentes. Si tienes más dudas, ponte en contacto con nosotros.
No necesitas realizar ningún cambio ni en tu contador ni en tu instalación. El cambio es de carácter administrativo por lo que técnicamente sigue todo igual.
Estamos presentes en toda la Península Ibérica. Sin embargo, por motivos técnicos aún no llegamos a las Islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla pero nuestra intención es seguir creciendo y abarcar toda España.
Por supuesto, eres libre de cambiar de compañía, ya que no hay ningún compromiso de permanencia.
Si una vez realizado el cambio no estás conforme con nuestros servicios, te facilitaremos todo lo que es posible para realizar el trámite de vuelta.
Como bien especifican las Condiciones generales, en caso de impago por parte del Cliente, LUMISA podrá tramitar, de acuerdo con la normativa vigente, la suspensión del suministro si transcurridos veinte (20) días naturales desde que se les hubiera requerido el pago, mediante la presentación al cobro a la entidad financiera donde el Cliente tenga domiciliado el pago de la factura o a través del ingreso en cuenta de las cuentas bancarias facilitadas al Cliente, y ésta no hubiera sido satisfecha íntegramente.
Si a pesar de nuestras iniciativas legalmente previstas, no se realizara el pago de las facturas pendientes en el plazo legalmente previsto se procederá al corte de luz del punto de suministro en cuestión con un preaviso legalmente previsto de 5 días naturales.
Una vez enviado el corte a la Distribuidora de su zona, para volver a dar de Alta la luz se deberán abonar las facturas pendientes de pago requeridas con anterioridad. Es por eso que una vez recibamos el pago de las mismas se reanudaría el suministro de luz en 24 horas, debiendo abonar los derechos de reconexión a la red, facturados por la Distribuidora de tu zona en la próxima factura.
Según se indica en el Real Decreto 1955/2000, el cliente deberá abonar el coste de reconexión de una cantidad equivalente al doble de los derechos de enganche (9,04€ sin IVA).
Si transcurridos más de dos meses y no se ha abonado el importe de las facturas pendientes se te dará de baja definitivamente.
No. Desde la fecha que el suministro está con nosotros, tu anterior compañía no debería cobrarte ningún recibo con fecha posterior a ésta. Si bien es cierto que, aunque el cobro sea posterior a la fecha de cambio, puede pertenecer a un período de facturación anterior a la fecha de cambio.
En Lumisa, además de tarifas eléctricas personalizadas y económicas, proporcionamos una amplia gama de servicios para optimizar tu consumo energético.
Nuestro equipo también te asesora sobre ayudas y subvenciones para instalaciones energéticas, asegurando que saques el máximo provecho de cada inversión.
Con nosotros, recibes una alternativa real a las grandes empresas: cercana, ágil y con tarifas competitivas.
Sólo las comercializadoras de referencia (COR), antes conocido como comercializadoras de último recurso (CUR), pueden ofrecer el Bono Social. Para más información puede ponerse en contacto con ellos.
Por supuesto, puedes tener tantos contratos de suministro con nosotros como desees. Por ejemplo, si tienes un domicilio particular, local de alquiler, empresa, entre otros y quieres contratarlos con nosotros, buscaremos la tarifa que mejor se ajuste a cada caso, según la necesidad.
En Lumisa realizamos la gestión de registrar el contador del cliente, aportando su documentación técnica.
La documentación técnica del contador será facilitada por la marca. Sin embargo, si la ha perdido o actualmente no dispusiera de la misma, se podrá solicitar de nuevo con un coste de 60 € y enviando una fotografía del contador colocado por un instalador autorizado.
Una vez registrado, en Lumisa se solicita el cambio a la Distribuidora y el mismo quedará reflejado en su factura de electricidad a través del número de contador.
Es el coste estipulado por el Estado que deberá abonarse al utilizar la infraestructura de la compañía distribuidora en el caso de nuevos suministros, al subir la potencia contratada o si el punto de suministro lleva sin utilizarse más de 3 años con un importe de 9,044760 €+ IVA.
Es una empresa la cual se encarga de comercializar un producto finalizado. Son las encargadas de comprar energía y facturarla a sus consumidores utilizando las redes de distribución.
Una Empresa Instaladora o un instalador autorizado pueden emitirte la documentación técnica que certifica que la instalación es correcta para el alta del suministro.
El cambio de comercializadora de luz es un proceso rápido y totalmente gratuito. Esto ocurre cuando decides cambiarte a otra compañía que ofrece mejores precios o mejores servicios. Además, en ningún momento te quedarás sin luz durante el proceso de cambio.
Si te has decidido a contratar con Lumisa, te explicamos brevemente los pasos a seguir.
Si contratas a través de https://lumisa.es/es/contrata-ahora o a través de nuestro Servicio de Atención al Cliente, deberás seguir el siguiente procedimiento:
Para realizar el cambio a Lumisa, debes facilitar la siguiente documentación vía correo electrónico o fax a [email protected], o llamando al 900 811 473 o por WhatsApp a 688 100 100:
Una vez recibamos la documentación, enviaremos el contrato a la dirección de envío o correo electrónico proporcionado.
Deberás guardarte una copia y reenviarla mediante correo electrónico, o simplemente realizar la firma online mediante nuestra plataforma de firma digital.
Una vez recibamos el contrato firmado, procederemos a realizar el cambio. El cambio puede tardar entre 5 a 7 días dependiendo de la Distribuidora.
Te llegará una última factura liquidatoria de la anterior comercializadora. La primera factura de Lumisa cerrará el ciclo de facturación. A partir de la segunda factura, comenzará el ciclo natural de la facturación.
Así que no tienes que preocuparte de nada, ya que nosotros gestionaremos los trámites de forma rápida y eficaz.
Es el coste estipulado por el Estado que deberá abonarse al llevar a cabo la revisión de la instalación amb un import de 8,011716 € + IVA.
No puedes realizar un cambio de titular si existe una deuda. Cuando la deuda ya esté pagada, entonces podrás realizar el cambio de titularidad. Para estos casos existen dos posibilidades:
Ten en cuenta que en caso de haber deudas pendientes de liquidación, hasta que éstas no sean satisfechas, no se podrá realizar el cambio de titularidad.
En este caso, te recomendamos que verifiques que no seas el único punto de suministro sin servicio. Si hay más vecinos sin servicio, tienes que llamar al teléfono de la distribuidora para comunicar la incidencia, ya que en este caso la avería se encuentra en la red externa.
Si eres el único afectado, quiere decir que la avería se encuentra dentro de tus instalaciones. En este caso, tienes que llamar a un electricista para la reparación ya que la distribuidora no es el responsable de la incidencia.
Nombre Distribuidora | Teléfono Averías |
---|---|
E-DISTRIBUCIÓN (ENDESA) | 900 848 900 (Aragón, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Navarra y Comunidad Valenciana) 900 849 900 (Islas Baleares) 900 855 885 (Islas Canarias) 900 760 706 (Cataluña) |
I-DE REDES ELÉCTRICAS INTELIGENTES (IBERDROLA) | 900 171 171 |
UNIÓN FENOSA DISTRIBUCIÓN (NATURGY) | 900 333 999 |
CIA SEVILLANA ELECTRICIDAD SA | 900 850 840 |
ELECT REUNIDAS ZARAGOZA SAU | 900 848 900 |
E-REDES (EDP) | 900 907 001 |
VIESGO DISTRIBUCIÓN (REPSOL) | 900 101 051 |
ELECTRA DEL MAESTRAZGO | 964 173 275 |
ESTABANELL ENERGIA | 900 154 444 |
ELÉCTRICA DE CÁDIZ | 900 373 411 |
Podrás encontrar más información detallada en el artículo "Pasos a seguir ante una avería en la corriente eléctrica".
Subvenciones sobre impuestos del estado
Muchos Ayuntamientos ofrecen subvenciones y ayudas, por lo que es recomendable consultar la web de cada Ayuntamiento. Estas subvenciones, generalmente, se aplican sobre impuestos del estado mediante descuentos sobre el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles; entre un 30% y 50% durante 3 o 5 años) y/o el ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras; entre un 30% y 90%).
Subvenciones sobre el precio de la instalación
Algunas comunidades autónomas son conscientes de la importancia de un modelo energético responsable y sostenible, por lo que, también existen subvenciones para placas solares para incentivar el uso de energías renovables y los diversos aspectos del autoconsumo. Estas subvenciones son sobre el precio de la instalación, que se aplican de forma porcentual sobre el precio total de la instalación, y se emiten cada cierto tiempo dependiendo de la gestión de los presupuestos de cada comunidad y tienen una duración determinada.
Deducción sobre el IRPF
Los contribuyentes en la inversión en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica podrán deducir el 20% del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual y en instalaciones colectivas del edificio destinadas a alguna de las finalidades de a continuación:
No dará derecho a la aplicación de esta deducción aquellas instalaciones que sean de carácter obligatorio.
La distribuidora de tu zona será la encargada de ir a realizar la lectura de tu contador. Según el Real Decreto 1718/2012 de 28 de diciembre se establece que la lectura de la energía será la realizada por el encargado de la lectura, es decir, la Empresa Distribuidora con una periodicidad bimensual, la cual será puesta a conocimiento a la comercializadora.
En el caso de disponer de un contador inteligente o de telemedida, la lectura se realizará con una periodicidad mensual.
La Red Eléctrica de España (REE) es la encargada de transportar la energía en Alta Tensión y gestionar, mantener y reparar las infraestructuras necesarias para ello.
Según el Real Decreto 1164/2001, únicamente se permite tramitar una modificación de la potencia y/o al año por titular.
Por ello, si en menos de un año se vuelve a solicitar una segunda modificación bajo la misma titularidad, se denegará y deberán esperar el tiempo indicado para realizar una nueva modificación.
Según lo establecido en la Circular 3/2020 de 15 de enero de 2020, la Orden TED/371/2021 de 19 de abril y la Resolución de 18 de marzo de 2021 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia se introducen las nuevas tarifas de acceso que serán aplicadas a partir del 1 de junio de 2021.
Tarifa 2.0TD
Todos los consumidores pasarán a tener precios diferenciados por tramos horarios, tanto para la potencia como para el consumo. El consumo se diferenciará en tres periodos:
La potencia se diferencia en dos periodos:
Tarifa 3.0TD
La discriminación horaria de 3 periodos pasará a 6 periodos (en potencia y energía), y en vez de dividir el año en dos temporadas (invierno y verano), los diferentes meses de un año se dividirán en 4 temporadas:
Temporada Alta (Enero, Febrero, Julio, Diciembre):
Temporada media-alta (Marzo, Noviembre):
Temporada media-baja (Junio, Agosto, Septiembre):
Temporada baja (Abril, Mayo, Octubre):
Si a causa del nuevo contador y una vez activado el control de potencia "saltasen" los plomos, es debido a que la potencia demandada supera a la potencia actualmente contratada. Y por lo tanto el nuevo dispositivo interrumpiría de forma temporal el suministro eléctrico.
Con el fin de restablecerlo de forma inmediata deberás seguir una serie de pasos:
Desconecta alguno de los electrodomésticos, ya que la potencia contratada limita la cantidad de electrodomésticos que podemos conectar a la vez.
Abre el cuadro eléctrico y comprueba que todos los interruptores estén levantados, incluido el general.
Si alguno está bajado, es posible que tengas algún problema en tu instalación. En este caso, te recomendamos que lo consultes con un instalador autorizado.
Baja el interruptor general y espera 3 segundos. Tras este tiempo, vuelve a subirlo.
En caso de que el suministro eléctrico no se restablezca, espere unos minutos y repita los pasos anteriores. Lo normal es que vuelvas a tener suministro eléctrico. Si no es así puede tratarse de un corte programado o una avería.
Si una vez realizados estos sencillos pasos, sigue perdiendo el suministro eléctrico con frecuencia, lo más probable es que deba aumentar la potencia contratada. O también puede deberse a una avería en su instalación con lo cual deberá contactar con un instalador autorizado.
Más información sobre qué hacer si se interrumpe el suministro eléctrico con el nuevo contador
Para poder hacer un cambio de titular, ten en cuenta que:
La solicitud de cambio de titular se puede tramitar online de una forma muy rápida y sencilla a través de este enlace. Sólo necesitas tener a mano una factura reciente, la cuenta bancaria y el DNI del nuevo titular y los datos de contacto.
Si quieres que te lo comentemos con más detalle, lee el artículo en nuestro blog "Realizar un cambio de titular de la luz" con el paso a paso a seguir.
El maxímetro es un aparato que mide la potencia máxima de todas las potencias entre periodos de 15 minutos de un suministro eléctrico para potencias contratadas superiores a 15 kW. Registra los parámetros de:
A diferencia del IPC, evita el corte del suministro eléctrico en el caso de superar la potencia contratada.
ICP son las siglas de Interruptor de Control de Potencia. Este dispositivo controla la potencia consumida. Si la potencia consumida supera la contratada, el ICP entra en funcionamiento y corta el suministro eléctrico.
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