Preguntas frecuentes

Te damos respuesta a todas tus dudas en nuestra sección de preguntas frecuentes. Si tienes más dudas, ponte en contacto con nosotros.

Gestiones

Una vez emitida tu primera factura con Lumisa, regístrate en el Área de clientes para poder disfrutar de todas tus ventajas. Tendrás a tu disposición todos los servicios exclusivos de Mi área de clientes:

  • Consulta tus facturas y descárgalas en formato PDF cuando quieras desde tu casa.
  • Realiza cambios de titular o de potencia de una manera sencilla y rápida. 

Es totalmente gratuito, sólo tienes que registrarte en este enlace.

Puedes modificar la contraseña siempre que lo desees en el apartado Datos Personales. 

Sí. Nosotros aconsejamos que hagas las gestiones online porque es la manera más rápida y puedes adjuntar la documentación directamente online.

Pero si lo prefieres, puedes hacerlo también a través de nuestro número de teléfono 900 811 473 o de nuestro correo electrónico [email protected]

Para poder hacer un cambio de titular, ten en cuenta que:

  • El cambio lo pide siempre el nuevo titular.
  • El nuevo titular se convierte en el responsable de las facturas.
  • El importe de la primera se calcula por prorrateo.
  • No cobramos por cambiar el titular, pero en algunos casos puede que tengas que pagar a tu compañía Distribuidora. 

La solicitud de cambio de titular se puede tramitar online de una forma muy rápida y sencilla a través de este enlace. Sólo necesitas tener a mano una factura reciente, la cuenta bancaria y el DNI del nuevo titular y los datos de contacto.

Si quieres que te lo comentemos con más detalle, lee el artículo en nuestro blog "Realizar un cambio de titular de la luz" con el paso a paso a seguir.

Sí, es posible. Si nunca te saltan los plomos es probable que tengas margen para bajar la potencia; si, por el contrario, te saltan a menudo es que ya estás al límite. En el caso de que añadas nuevos electrodomésticos o aumentes el uso, probablemente tendrás que comunicarte con tu compañía de electricidad para barajar un aumento de la potencia.

Tras el Real Decreto-ley 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, se permitirá contratar la potencia en tramos de 0,1 kW, desapareciendo los tramos de potencias normalizadas que limitaban la contratación a estos valores.

La potencia que necesitas vendrá determinada por varios factores. Una forma muy intuitiva de saber si tu potencia es inadecuada es la siguiente:

  • Enciende todos los electrodomésticos de tu casa a la vez. Si no saltan los plomos, querrá decir que seguramente tengas una potencia por encima de la que necesitas y tienes cierto margen para disminuirla.
  • Si en el uso diario de tus aparatos eléctricos frecuentemente saltan los plomos de casa, quiere decir que la potencia que estás utilizando te queda corta, y tendrías que ampliarla para gozar de más comodidad. 

Consulta nuestro artículo "Cómo calcular la Potencia eléctrica que necesitas en tu hogar" para resolver tus dudas sobre este tema.

Para realizar un cambio de potencia deberás rellenar el formulario de cambio de potencia en este enlace.

Únicamente será necesario que tengas a mano:

  • Dirección del suministro eléctrico  del titular.
  • Datos personales del administrador.
  • Potencia contratada actual y nueva.
  • CUPS, el cual aparece en cualquier factura. 

Del mismo modo, nos puedes contactar vía correo electrónico en [email protected] solicitando un formulario de solicitud de cambio de potencia. Una vez esté rellenado y firmado, se procederá al reenvío al mismo correo para el inicio de la gestión.  

  1. Si se trata de una reducción de la potencia deberás abonar un pequeño coste de 9,04 € más IVA en razón a los derechos de enganche.
  2. En cambio, si se trata de un aumento de potencia contratada, el gasto será mayor ya que se deberán pagar:
  • Derecho de acceso con un importe de 19,703137 €/kW solicitado más el IVA.
  • Derecho de extensión con un importe de 17,374714 €/kW solicitado más el IVA.
  • Derecho de enganche con un importe de 9,04 € más IVA.

El cambio de potencia supone un coste para el usuario del punto de suministro ya que deberá pagar una serie de derechos y gestiones efectuadas por la Distribuidora, los cuales serán repercutidos en una única factura.

Si quieres saber más sobre esto, aquí tienes el artículo "¿Cuánto cuesta cambiar la potencia contratada?".

Según el Real Decreto 1164/2001, únicamente se permite tramitar una modificación de la potencia y/o al año por titular.

Por ello, si en menos de un año se vuelve a solicitar una segunda modificación bajo la misma titularidad, se denegará y deberán esperar el tiempo indicado para realizar una nueva modificación.

Si necesitas actualizar los datos de pago, deberás rellenar el siguiente formulario de Adeudo SEPA.

Si el titular de la nueva cuenta bancaria es el titular del contrato, solo necesitarás tener a mano el número IBAN (20 dígitos). Si no eres el titular, además del número IBAN, necesitarás el documento identificador (DNI, NIF, CIF, pasaporte) del titular.

Recuerda que podrás modificar la domiciliación bancaria con una antelación mínima de 21 días naturales a la fecha de emisión de la factura para así permitir la modificación de datos con la entidad bancaria y el cargo en la nueva cuenta.

O si lo prefieres, puedes facilitarnos la nueva información enviando un correo electrónico a [email protected] indicando el número CUPS y los datos que desee modificar. 

No puedes realizar un cambio de titular si existe una deuda. Cuando la deuda ya esté pagada, entonces podrás realizar el cambio de titularidad. Para estos casos existen dos posibilidades: 

  • Cambio de titularidad sin subrogación: el nuevo titular se desvincula de cualquier responsabilidad contraída por el anterior titular.
  • Cambio de titular con subrogación: el nuevo titular asume todas las condiciones pactadas en el contrato por anterior titular.

Ten en cuenta que en caso de haber deudas pendientes de liquidación, hasta que éstas no sean satisfechas, no se podrá realizar el cambio de titularidad.  

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52.4.i) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, tendrán la consideración de suministros esenciales aquellos suministros de ámbito doméstico en los que exista constancia documental formalizada por personal médico de que el suministro de energía eléctrica es imprescindible para la alimentación de un equipo médico que resulte indispensable para mantener con vida a una persona. En todo caso estos suministros se circunscribirán a personas físicas en su vivienda habitual.

Para acreditar el cumplimiento de dichos requisitos debe aportar la siguiente documentación a nuestro correo electrónico [email protected]:

  • Certificado médico vigente que confirme la existencia en el punto de suministro de un aparato eléctrico indispensable para mantener con vida a una persona.
  • Certificado de empadronamiento que acredite que la persona a la que está destinado el equipo médico reside en dicho punto de suministro.

Si necesitas acreditar que estás al corriente de todos los pagos en tus facturas con Lumisa, contáctanos y te enviaremos a través de tu correo electrónico un documento que certificará que no hay impagos a fecha de emisión del certificado.

A través del área cliente podrás solicitar los importes trimestrales del ejercicio para la presentación del modelo 347 según la Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre. El periodo de solicitud de este trámite es desde el 1 de enero hasta el último día de febrero.

Recuerda: El modelo 347 es de carácter obligatorio y se presenta en el mes de febrero del ejercicio siguiente, finalizando el 28 de febrero.

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Resuelve tus dudas a través de nuestro canal de atención al cliente.